Inscripción Inicial
Documentación a presentar:
- Solicitud Tipo
"01":
- Factura de compra en original y fotocopia o acto o documento que prueba la compra,
donación, etc..
- Certificado de fabricación o de importación.
- Verificación en Solicitud
Tipo "12": practicada por planta habilitada, fábricas terminales, o concesionarios
oficiales que hubieran comercializado el automotor.
- Documento que acredite el domicilio del adquirente o de la guarda habitual del automotor. (D.N.I., L.C.,
L.E., contrato social, etc.).
- D.N.I., C.I., L.C., L.E. etc.: Documentación que acredite la identidad y
personería si se certifica firma en el registro, con original y una fotocopia.
- Constancia de
inscripción en la C.U.I.T., C.U.I.L. o C.D.I.
Aranceles:
- Inscripción inicial de automotores de fabricación nacional o importados
1% de su valor de mercado
Determinación del valor de mercado de los automotores para el trámite
de inscripción inicial:
-
el que surja de la tabla de valuación de la Dirección Nacional
-
cuando no resultare posible determinar el valor conforme a), y se tratare de automotores
nacionales nuevos o importados por intermediarios: el precio del bien más
los gastos e impuestos resultantes de la operación, de acuerdo con la factura
de venta o documento equivalente. Para el caso de bienes importados por el propio
usuario: el precio definido para la aplicación de los derechos de importación,
al que se le adicionarán los tributos a la importación o con motivo
de ella, resultante de la documentación aduanera.
-
cuando no fuere posible determinar el valor conforme lo establecido en a) o b), deberá considerarse en primer término
la valuación dispuesta por el organismo que corresponda, según la
jurisdicción, para el pago del impuesto sobre los automotores (patente, impuesto
a la radicación o tributo similar), o la valuación dispuesta por el
organismo que corresponda según la jurisdicción para el pago del impuesto
de sellos o similar o, en defecto de estas valuaciones, constancia emitida por alguna
compañía de seguros con el valor de la unidad.
- Inscripción inicial de automotores afectados al transporte de pasajeros
o carga: arancel 18 (*), cuando por aplicación de la tabla de
valuación de la Dirección Nacional resultare un valor mayor al expresado
en dicho arancel.
- Inscripción inicial de automotores armados fuera de fábrica
o subastados o clásicos: arancel 18 (*)
- Inscripción peticionada por dos o más personas o personas jurídicas
(Adicionar al arancel de
la inscripción inicial)
arancel 41 (*)
- Expedición de título:
arancel
10 (*)
- Expedición de cédula:
arancel 4 (*)
- Expedición de placas de identificación metálicas:
arancel 37 (*)
- Certificación de firma:
- Sin acreditación de personería:
arancel 1 (*) cada firma. - Con acreditación de personería: arancel
2 (*)
- Formulario "13A": precio de venta Formulario "13A"
(**)
No están incluidos los aranceles correspondientes a verificación,
alta en el impuesto a la radicación de automotores
–patentes– ni los sellados fiscales, datos que
varían de acuerdo a cada jurisdicción. (*) Ver
listado de aranceles de Automotores (**) Ver
precio máximo de venta de Formularios