Secretaría de Industria

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 37/2001

Modifícanse las fechas previstas en la Resolución ex S.I.C. y M. N° 838/99 y sus modificatorias, en relación con las presentaciones para el otorgamiento de la Licencia para Configuración del Modelo.

Bs. As., 31/5/2001

VISTO el Expediente N° 060-003792/2001 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo establecido en el Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995, reglamentario de la Ley N° 24.449, la Dirección Nacional de Industria dependiente de la Subsecretaría de Industria de la SECRETARIA DE INDUSTRIA es el Organismo con competencia para la emisión de la Licencia para Configuración de Modelo y reglamentar su otorgamiento.

Que la Resolución ex S.I.C y M. N° 838 de fecha 11 de noviembre de 1999 hace referencia a los requisitos que deben contener las presentaciones y a otros aspectos pertinentes para el otorgamiento de la Licencia para Configuración de Modelo.

Que la resolución mencionada dispone que a los fines del patentamiento de los vehículos, la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS deberá exigir la correspondiente Licencia para Configuración de Modelo, estableciendo para tal exigencia diferentes fechas según se trate de vehículos nuevos comercializados o no a partir del 1° de enero de 2000.

Que debido a que los plazos para el acopio de la documentación técnica y de los distintos procedimientos necesarios para la tramitación de la Licencia para Configuración de Modelo requiere un prolongado proceso hasta la disponibilidad de la totalidad de los requerimientos exigidos, se consideró necesario extender los plazos establecidos en la mencionada resolución.

Que por lo precedentemente expuesto se dictó la Resolución ex S.I.C. y M. N° 325 de fecha 30 de junio de 2000 y la Resolución ex S.I.C. y M. N° 229 de fecha 28 de noviembre de 2000.

Que, no obstante, haber prorrogado los plazos para la exigencia de la presentación de la Licencia para Configuración de Modelo, el cúmulo de solicitudes continúa generando demoras que impiden finalizar las tramitaciones correspondientes para su obtención.

Que en este marco resulta necesario extender nuevamente los plazos contemplados en la Resolución ex S.I.C. y M. N° 838/99.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 28 de la ley N° 24.449 y del artículo 28 del Decreto N° 779 de fecha 20 de noviembre de 1995.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVE:

Artículo 1° — Modifícanse las fechas previstas en el artículo 21, inciso b), de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 838 del 11 de noviembre de 1999, sustituido por el artículo 2° de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 325 del 30 de junio de 2000 y prorrogadas mediante el artículo 1° de la Resolución ex S.I.C. N° 229/2000, la que quedan establecidas como sigue:

b) Para modelos nuevos comercializados antes del 1° de enero de 2000

1° de diciembre de 2001 la categoría M1

1° de marzo de 2002 las categorías N1, N2, N3, O1, O2, O3 y O4

1° de junio de 2002 las categorías L1, L2, L3, L4, L5, M2 y M3

Art. 2° — Comuníquese a la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y Créditos Prendarios dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS y a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA.

Art. 3° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día 1° de junio de 2001.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos E. Sánchez.