CAPITULO XVI
PLACAS DE IDENTIFICACION
PROVISORIAS Y PERMISOS DE
CIRCULACION PARA
MOTOVEHICULOS
SECCION 10ª
PERMISOS DE CIRCULACION
PARA MOTOVEHICULOS
Artículo
1º.- Los Registros Seccionales con competencia en Motovehículos
y con jurisdicción en el domicilio donde tenga su asiento la oficina local de
la repartición aduanera, podrán extender permisos de circulación a las
personas que figuren como comprador declarado en despacho o a sus apoderados.
El uso de estos permisos estará limitado
exclusivamente para rodar el motovehículo en tránsito desde la Aduana hasta
el domicilio del importador declarado en despacho, o hasta la planta de
verificación habilitada.
Deberán ser peticionados mediante Solicitud Tipo
“02” y será requisito para su emisión que el peticionario exhiba en el
Registro el certificado de nacionalización o el despacho de importación,
acompañando una fotocopia de esos documentos, que el Encargado archivará
junto con el duplicado de la Solicitud Tipo “02”, luego de comprobar y
asentar su autenticidad.
Los mencionados Registros Seccionales también extenderán
permisos de circulación a los compradores declarados en despacho, cuyo carácter
se acredite mediante fotocopia autenticada por la delegación de la Dirección
Nacional ante la Aduana interviniente, del despacho de importación o de la
Declaración Jurada de Individualización de Mercadería (D.J.I.M.). En estos
supuestos la petición del permiso de circulación se formulará por duplicado
en la planilla minuta cuyo modelo obra como Anexo VII de este Capítulo, la
que será suscripta por el importador, por el comprador declarado en despacho,
por sus representantes legales, apoderados o personas autorizadas a retirar
los Certificados de Nacionalización, una vez impresos y habilitados, de la
delegación aduanera. La firma y personería del firmante (apoderado,
autorizado a retirar certificados, etc.), serán certificadas por aquellas
autoridades de la delegación aduanera que se encuentran facultadas para
habilitar los Certificados de Nacionalización.
El Registro Seccional interviniente extenderá el permiso
asentando en el rubro L de la Solicitud Tipo “02” o en el reverso del
duplicado de la planilla minuta la siguiente leyenda: “Conste que se
autoriza a ...... D.N.I.- C.I.Nº ..... con domicilio en ....... (consignar
calle, número, localidad y provincia) a circular con el motovehículo motor Nº
....... cuadro Nº .......... desde ........ hasta dicho domicilio o hasta la
planta de verificación habilitada, a los fines de la inscripción inicial.
VALIDO POR SIETE (7) DIAS.
Artículo
2º.- Los Registros Seccionales con competencia en Motovehículos
correspondientes al domicilio del peticionario de la inscripción inicial del
motovehículo podrán extender permisos de circulación, exclusivamente para
verificación física del motovehículo en la planta habilitada. Estos
permisos se otorgarán gratuitamente, previa presentación de la documentación
apta y suficiente para la inscripción inicial y se extenderán en la
Solicitud Tipo “12” asentando la leyenda: “Conste que se autoriza a
...... D.N.I. - C.I. Nº........ con domicilio en........ (consignar calle, número,
localidad y provincia) a circular con el motovehículo motor Nº ........
cuadro Nº........, hasta la planta de verificación......... VALIDO POR SIETE
(7) DIAS.
Artículo
3º.- Los Registros Seccionales con competencia en Motovehículos
y con jurisdicción en el lugar de compra del motovehículo podrán extender
permisos de circulación, exclusivamente para rodar en tránsito hasta la
jurisdicción en que deba practicarse la inscripción y a los fines de iniciar
el trámite, siempre que entre ambas jurisdicciones medie una distancia
superior a los 100 Km.. Estos permisos deberán peticionarse mediante
Solicitud Tipo “02”, presentando certificado de fabricación o de
importación, según el caso y la Solicitud Tipo “01”, correspondiente,
debidamente completada. El Registro Seccional interviniente los devolverá al
peticionario luego de asentar en el rubro “Observaciones” de la Solicitud
Tipo “01” la fecha de vencimiento del permiso de circulación y el número
de Solicitud Tipo “02” en la que fue otorgado y extenderá el permiso
asentando en el triplicado de la Solicitud Tipo “02” la siguiente leyenda:
“Conste que se autoriza a ..... D.N.I. - C.I.Nº....... con domicilio en
........(consignar calle, número, localidad y provincia) a circular con el
motovehículo motor Nº......, cuadro Nº...... hasta el lugar de radicación
........ VALIDO POR SIETE (7) DIAS.
En todos los casos el peticionario deberá acreditar su
domicilio o la guarda habitual del motovehículo de acuerdo a lo dispuesto en
el Título I, Capítulo VI. El Registro Seccional deberá cotejar la
documentación presentada a fin de comprobar que el domicilio o el lugar de la
guarda acreditados, coincidan con el denunciado en la Solicitud Tipo “01”.
La inscripción inicial del motovehículo deberá
solicitarse ante el Registro del domicilio del peticionario o de la guarda
habitual del motovehículo antes del vencimiento del permiso de circulación,
en caso contrario abonará el arancel de inscripción inicial con el recargo
por mora que determine el Ministerio de Justicia.
Artículo
4º.- Los Registros Seccionales con competencia exclusiva en Motovehículos
que intervengan en el trámite de reposición de la placa de identificación
entregarán gratuitamente y sin necesidad de solicitud adicional alguna un
permiso de circulación, por el término de TREINTA (30) días prorrogables
hasta la efectiva entrega de las nuevas placas. Ese permiso se extenderá en
la Solicitud Tipo “02” por cuyo conducto se peticionara el trámite,
asentando la leyenda: “Conste que se autoriza a ...... D.N.I. - C.I. Nº........
con domicilio en........ (consignar calle, número, localidad y provincia) a
circular con el motovehículo marca........... Dominio
motor Nº ........ cuadro Nº........, VÁLIDO POR TREINTA (30) DÍAS.”.
En
caso de resultar necesario prorrogar dicho permiso, a simple requisitoria del
interesado deberá extenderse una autorización de igual tenor a la indicada
precedentemente, en hoja simple, la que se correlacionará con la Solicitud
Tipo “02” que instrumentó la petición del trámite.
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